Confesión de fe bautista de 1689 · Iglesias bautistas particulares de Londres

Del bautismo

El bautismo es una ordenanza del Nuevo Testamento, ordenada por Jesucristo, para ser a la persona bautizada una señal de su comunión con él en su muerte y resurrección; de su injerto en él; de la remisión de los pecados; y de su entrega a Dios, por medio de Jesucristo, para vivir y andar en novedad de vida.

Referencias: (Ro 6:3-5; Col 2:12; Gá 3:27; Mr 1:4; Hch 22:16; Ro 6:4)

Los que realmente profesan arrepentimiento para con Dios, y fe en nuestro Señor Jesucristo y obediencia a él, son los únicos sujetos propios de esta ordenanza.

Referencias: (Mr 16:16; Hch 8:36, 37; Hch 2:41; Hch 8:12; Hch 18:8)

El elemento exterior que ha de usarse en esta ordenanza es el agua, en la cual la persona ha de ser bautizada en el nombre del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo.

Referencias: (Mt 28:19, 20; Hch 8:38)

La inmersión, o zambullimiento de la persona en el agua, es necesaria para la debida administración de esta ordenanza.

Referencias: (Mt 3:16; Jn 3:23)

Iglesias bautistas particulares de Londres, 1689 (dominio público). Traducción al español de Berea, hecha con IA a partir del texto inglés de Wikisource.